viernes, 16 de marzo de 2012

TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADINISTRATIVA




Competencia:
Conocerá de los juicios que se promuevan contra las resoluciones definitivas, actos administrativos y procedimientos:

1.  Por autoridades fiscales federales y organismos fiscales autónomos, en que se determine la existencia de una obligación fiscal, se fije en cantidad líquida o se den las bases para su liquidación;
2.  Nieguen la devolución de un ingreso, indebidamente percibido por el Estado;
3.  Impongan multas por infracción a las normas administrativas federales;
4.  Causen un agravio en materia fiscal;
5. Nieguen o reduzcan las pensiones y demás prestaciones sociales en favor de los miembros del Ejército, Fuerza Aérea…de sus familiares o derechohabientes
6. En materia de pensiones civiles, sea con cargo al erario federal o al ISSSTE ;
7. En materia administrativa sobre interpretación y cumplimiento de contratos de obras públicas, adquisiciones, arrendamientos y servicios celebrados por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;
8. Nieguen la indemnización o no satisfagan al reclamante y las que obliguen a resarcir los daños y perjuicios pagados con motivo de la reclamación.
9. Requieran el pago de garantías a favor de la Federación, Distrito Federal, Estados, Municipios y entidades paraestatales;
10. Materias del artículo 94 de la Ley de Comercio Exterior;
11. Por autoridades administrativas que pongan fin a un procedimiento administrativo, instancia o resuelvan un expediente;
13. Se funden en un tratado o acuerdo internacional para evitar la doble tributación o en materia comercial, o cuando el demandante haga valer que no se haya aplicado en su favor;
14. Se configuren por negativa ficta en las materias señaladas en este artículo.


Funciones:

1.-Sala superior: 13 Magistrados: 11 en funciones jurisdiccionales y 2 en Junta de Gobierno y Administración. Actúa en:

A.    Pleno: 10 magistrados y 1 presidente: Sus facultades son:
a.    Elegir de entre los Magistrados de Sala Superior al Presidente del Tribunal;
b.    Aprobar y expedir el Reglamento Interior del Tribunal
c.    Expedir el Estatuto de Carrera;
d.    Elegir a los Magistrados de Sala Superior y Regional que se integrarán a la Junta de Gobierno y Administración
e.    Aprobar y someter a consideración del Presidente de la República la propuesta para el nombramiento de Magistrados del Tribunal;
f.     Fijar la adscripción de los Magistrados de las Secciones;
g.    Designar al Secretario General de Acuerdos y al Contralor Interno
h.    Resolver situaciones que sean de interés para el Tribunal no encomendada a otros órganos;
i.      Establecer, modificar y suspender la jurisprudencia del Tribunal, aprobar las tesis y rubros de los precedentes;
j.      Determinar las Salas Regionales o Especializadas que sean auxiliadas por las Salas, así como el número y cualidad de los asuntos;
k.    Resolver los juicios con características especiales
l.      Aprobar el proyecto de presupuesto del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
m.   Dictar sentencia interlocutoria en los incidentes y recursos contra los actos emitidos en el procedimiento seguido ante el Presidente del Tribunal
n.    Ordenar que se reabra la instrucción, cuando se amerite;
o.    Resolver sobre las excusas, excitativas de justicia y recusaciones de los Magistrados del Tribunal; y de Sala Regional y Auxiliar designar a quienes deban sustituirlos;
p.    Dictar sentencia definitiva en los juicios promovidos por los Magistrados del Tribunal, en contra de sanciones impuestas por la Junta de Gobierno y Administración
B.    Secciones: 5 Magistrados de Sala Superior, adscritos a cada una de ellas por el Pleno. Sus facultades son:
a.    Dictar sentencia definitiva en los juicios del artículo 94 de la Ley de Comercio Exterior
b.    Resolver los juicios con características especiales aplicables;
c.    Dictar sentencia interlocutoria en los incidentes y recursos en contra de actos emitidos en el procedimiento seguido ante el Presidente de la Sección;
d.    Ordenar que se reabra la instrucción, cuando se amerite;
e.    Dictar sentencia definitiva en los juicios promovidos por los Secretarios, Actuarios y demás personal del Tribunal, en contra de sanciones impuestas por la Junta de Gobierno y Administración.
f. Establecer, suspender y modificar la jurisprudencia de la Sección, aprobar tesis y rubros de los precedentes
g. Resolver conflictos de competencia
h. Juicios contra las resoluciones definitivas, actos administrativos y procedimientos en un Tratado o Acuerdo Internacional para evitar la doble tributación
i.  Designar al Secretario Adjunto de la Sección;

Especializadas: Conocerán materias específicas conforme al reglamento y a estudios y propuestas por la Junta de Gobierno y Administración.


Estructura: http://www.tff.gob.mx/ 

miércoles, 7 de marzo de 2012

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL

Sirve para Conocer, dirimir y resolver por la vía jurisdiccional los conflictos jurídicos que se generan o crean por resoluciones o actos de las autoridades administrativas del Distrito Federal. 


Se puede demandar a través de su escrito inicial:

  1. La nulidad del acto o resolución que considere ilegal.
  2. Que a la autoridad se le obligue a contestar una petición escrita.
  3. Que se le restituya en el goce de sus derechos indebidamente afectados.
  4. Que se obligue a la autoridad a actuar apegada estrictamente a la ley en los actos o resoluciones que realice o emita en el ejercicio de sus funciones.
Su fundamento legal se encuentra en el artículo 122 de nuestra Constitución, dentro de la BASE PRIMERA Fracción V Inciso b) y BASE QUINTA; así como en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en su artículo 9; y en el artículo 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Contencioso Administrativo para el Distrito Federal.  


Su competencia la establecen los artículos 24, 31 y 32 de su ley orgánica; así como el artículo 2 de su reglamento interior.

El Tribunal se encuentra en el domicilio Av. Insurgentes Sur #825, Col. Nápoles, Delegación Benito Juárez, C.P. 03810, México D.F.


Cuenta con una oficialía de partes, una oficina de información pública, una Secretaría General de Defensoría Jurídica y una Secretaría General de Compilación y Difusión, con el fin de breindarle una atención al público .  

Su fases de procedimiento son:
  • Demanda.
  • Contestación.
  • Incidente.
  • Ampliación de Demanda.
  • Contestación a la ampliación.
  • Audiencia.
  • Sentencia.
  • Apelación.
  • Queja.


Procedimiento 1



Procedimiento 2



Su estructura es la siguiente:



ÁREA JURÍDICA