Se puede demandar a través de su escrito inicial:
- La nulidad del acto o resolución que considere ilegal.
- Que a la autoridad se le obligue a contestar una petición escrita.
- Que se le restituya en el goce de sus derechos indebidamente afectados.
- Que se obligue a la autoridad a actuar apegada estrictamente a la ley en los actos o resoluciones que realice o emita en el ejercicio de sus funciones.
Su fundamento legal se encuentra en el artículo 122 de nuestra Constitución, dentro de la BASE PRIMERA Fracción V Inciso b) y BASE QUINTA; así como en el Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, en su artículo 9; y en el artículo 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Contencioso Administrativo para el Distrito Federal.
Su competencia la establecen los artículos 24, 31 y 32 de su ley orgánica; así como el artículo 2 de su reglamento interior.
El Tribunal se encuentra en el domicilio Av. Insurgentes Sur #825, Col. Nápoles, Delegación Benito Juárez, C.P. 03810, México D.F.
Cuenta con una oficialía de partes, una oficina de información pública, una Secretaría General de Defensoría Jurídica y una Secretaría General de Compilación y Difusión, con el fin de breindarle una atención al público .
Su fases de procedimiento son:
- Demanda.
- Contestación.
- Incidente.
- Ampliación de Demanda.
- Contestación a la ampliación.
- Audiencia.
- Sentencia.
- Apelación.
- Queja.
Procedimiento 1
Procedimiento 2
Su estructura es la siguiente:
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